domingo, 21 de octubre de 2012

Las mujeres y la Revolución francesa

En toda esta etapa de la revolución solo se ha hablado sobre el hombre. Todas las personas mencionadas han sido hombres, la Declaración de Derechos era del Hombre, y la mujer qué,  no sale en ninguna parte. Pero algunas mujeres, enfadadas por la diferencia que hay de género y las desigualdades, intentaron hacer cambios. Algunas con mucho corage probaron hacer cambios, pero siempre acababa mal. Aquí voy ha hablar sobre 2 mujeres protagonistas que lo intentaron pero acabaron sin vida.

Olimpia de Gouges:
Olimpia nació en Francia, el 7 de mayo de 1748, y murió el 3 de noviembre de 1793. Fue escritora, dramaturga, panfletista y política francesa, autora de la Declaración de Derechos de la Mujer y de la Ciudadana. Nació en Montauban, en una familia burguesa (su padre era carnicero y su madre, hija de un negociante de telas). Se casó a los 17 años con un hombre mayor con el que no fue feliz, quedando al cabo de un tiempo viuda y con un hijo, Pierre Aubry. Muy decepcionada por el matrimonio, se negó a volver a casarse. En 1791 escribió la Declaración de Derechos de la Mujer y de la Ciudadana.

Su defensa de los Girondinos, después de que éstos fueran eliminados de la escena política, le valió ser detenida en agosto de 1793 bajo la acusación de ser la autora de un cartel a favor de éstos. La llevaron a la cárcel, pero se le infectó una herida y tuvo que ir a una enfermeria carcelaria. Pidió por un tribunal para defenderse de las acusaciones que pasaban sobre ella. El 2 de noviembre de 1793, fue llevada al tribunal y el día después, el 3 de noviembre, fue guillotinada.

                                                 Imagen de wikipedia.

Madame Roland:
Era una mujer culta y gran admiradora de Rousseau. Su influencia entre los Girondinos fue considerable, ya que los recibía habitualmente en su salón. A ella se atribuye la frase que pronunció al pasar delante de la estatua de la libertad cuando era conducida al cadalso: ``Libertad, cuántos crímenes se cometen en tu nombre´´. También fue arrestada y ejecutada en el año 1793.

                                             Imagen de wikipedia.

  • Declaración de Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, 1791:
Preámbulo. Las madres, las hijas, las hermanas, representantes de la Nación, solicitan ser constituidas en Asamblea nacional. Considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han decidido exponer en una solemne declaración los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer, con el fin de que esta declaración, presente continuadamente en la mente de todo el cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y deberes; con el fin de que los actos de poder de las mujeres y los actos de poder de los hombres puedan ser comprados en cualquier momento con el objetivo de toda institución política, y sean más respetados; con el fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, basadas en lo sucesivo sobre principios sencillos e incontrovertibles, tiendan siempre hacia el mantenimiento de la Constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos.
En consecuencia, el sexo superior, tanto en belleza como en valor -como demuestran los sufrimientos maternales- reconoce y declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo, los siguientes Derechos de la Mujer y de la Ciudadana.
Artículo I. La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales no pueden estar basadas más que en la utilidad común.
Artículo V. Las leyes de la naturaleza y las de la razón prohíben todas las acciones nocivas para la sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, justas y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no prescriben.
Artículo VIII. La ley no debe establecer otras penas que las estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado más que en virtud de una ley establecida y promulgada antes que la comisión del delito y que legalmente pueda ser aplicable a las mujeres.
Epílogo. Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad, ha sido injusto con su compañera. ¡Oh, mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuándo dejaréis de estar ciegas?

En total había 16 artículos.

La Declaración de Derechos de la Mujer y de la Ciudadana en francés. Imagen de www.mujerpalabra.net


lunes, 8 de octubre de 2012

Decreto de nueva planta

¿Qué se establece en este decreto? Explica qué eran los fueros.

Felipe V quiere quitar los fueros, privilegios, prácticas y costumbres de los reinos de Aragón y Valencia, y así que cumplan las leyes de Castilla, el uso y práctica y forma de gobierno que se tiene.

Los fueros son el conjunto de lyes y costumbres originarias de la Edad Media que se mantuvieron vigentes en los antiguos territorios de la corona de Aragón y Navarra después de su incorporación a la monarquía hispánica en el siglo XV.

¿Cuál fue la causa de que las leyes elegidas para uniformar toda la monarquía fuesen las de Castilla?

Si todos cumplen las mismas leyes, pues así pueden trabajar los de Aragón y Valencia en el resto del país sin ninguna distinción, y los Castellanos en Aragón y Valencia también sin distinción.

                                               Felipe V

Los ideales de la revolución americana

¿Qué ideas se reflejan en esta Declaración de Derechos?

Proclama que todos los hombres son por naturaleza libres e independientes y tienen una serie de derechos inherentes de los cuales no pueden ser privados.

  • La declaración de derechos de Virginia fue adoptada el 12 de junio de 1776,  está considerada la primera declaración de derechos humanos moderna de la historia. 
  • Fue adoptada unánimamente por la Convención de Delegados de Virginia como parte de la Constitución de Virginia en el marco de la revolución americana de 1776, en la que las 13 colonias británicas en América consiguieron su independencia. A través de la Declaración de derechos de Virginia se animó a las demás colonias a independizarse de Gran Bretaña. 
  • Está compuesta por 16 artículos donde están enumerados los derechos pertenecientes al pueblo de Virginia como las bases y fundamento del Gobierno: a la vida, a la libertad, a poseer propiedades, al debido proceso, libertad de prensa y religión, la soberanía popular, la prohibición de privilegios de nacimiento, la división de poderes, el juicio por jurados, etc.